El Sistema de Autoprotección de la Ley 5920 es un conjunto organizado de medidas destinadas a prevenir riesgos y establecer cómo actuar ante una emergencia en edificios, establecimientos, predios y determinados eventos de la Ciudad de Buenos Aires. Debe adaptarse a las características reales del lugar, contemplar sus riesgos, medios de protección, personas, roles, procedimientos de evacuación y simulacros.
Frente a una emergencia, saber dónde se encuentra una salida no siempre es suficiente.
Una evacuación puede involucrar cientos de personas, distintos pisos, visitantes que desconocen el edificio, personas con movilidad reducida, humo, interrupciones eléctricas y decisiones que deben tomarse en pocos segundos.
Por eso, un plan de emergencia efectivo debe establecer previamente quién actúa, qué recorrido debe utilizarse, cómo se comunica la situación y qué medidas deben adoptarse.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, este esquema se encuentra regulado por la Ley 5920 de Sistemas de Autoprotección, modificada posteriormente por la Ley 6779/24 y complementada por la reglamentación vigente.
¿Qué es exactamente un Sistema de Autoprotección?
Es una planificación destinada a preparar a una organización y a sus ocupantes para responder frente a situaciones de emergencia.
No se limita a un plano de evacuación.
El sistema analiza las características del establecimiento, la actividad desarrollada, las personas que lo ocupan, los riesgos existentes, los recursos disponibles y los procedimientos que deberían seguirse ante una emergencia.
Su finalidad es reducir la improvisación.
Cuando se produce un incendio, una amenaza o cualquier situación que requiera evacuar o adoptar medidas de protección, las decisiones principales deberían haber sido definidas previamente.
¿A quién alcanza la Ley 5920 en CABA?
La Ley 5920 establece la aplicación del Sistema de Autoprotección para distintos edificios, establecimientos y predios públicos y privados de la Ciudad de Buenos Aires, incluyendo oficinas, establecimientos educativos, hospitales y lugares con afluencia de público, entre otros.
También contempla eventos con concurrencia masiva.
La normativa diferencia establecimientos según su complejidad de evacuación y características. Por este motivo, las exigencias concretas no son idénticas para todos los casos.
La clasificación y el procedimiento correspondiente deben analizarse según el uso, superficie, características del inmueble, actividad y población involucrada.
¿Qué información debe incluir un Sistema de Autoprotección?
Aunque los requisitos específicos dependen de la categoría del establecimiento, el concepto parte de una pregunta sencilla:
¿Qué podría ocurrir aquí y cómo responderíamos?
Para responderla es necesario estudiar varios elementos.
En primer lugar se releva el establecimiento: accesos, salidas, escaleras, distribución interna, medios de protección, actividades y condiciones del entorno.
Luego se identifican los riesgos y se define cómo actuar ante los escenarios considerados.
También se determina qué personas tendrán funciones específicas durante una emergencia.
¿Qué roles existen durante una evacuación?
Los roles permiten distribuir responsabilidades previamente.
Uno de los roles centrales es el coordinador de autoprotección, encargado de organizar determinadas acciones previstas en el sistema.
Dependiendo de las características y riesgos del establecimiento también pueden existir otros roles, como líderes de evacuación por sector, suplentes, equipos de primera intervención, brigadas o responsables de comunicaciones y alarmas.
La cantidad y tipo de roles debe guardar relación con la realidad del establecimiento.
Un edificio pequeño de una sola planta no presenta la misma complejidad que una institución con varias plantas, gran cantidad de ocupantes o personas que necesitan asistencia.
¿Para qué sirven los planos de evacuación y los carteles “Usted está aquí”?
Un plano de evacuación permite representar gráficamente la información necesaria para orientarse durante una emergencia.
Los planos deben ser coherentes con la distribución real del establecimiento.
El indicador “Usted está aquí” tiene una función especialmente importante: permite que una persona identifique rápidamente su ubicación actual y comprenda hacia dónde debe dirigirse.
Un plano técnicamente correcto pero ubicado en un lugar equivocado puede generar confusión.
Por eso, la información gráfica debe revisarse cada vez que se modifican circulaciones, divisiones internas, salidas o características relevantes del edificio.
¿Qué es un simulacro de evacuación?
Un simulacro es una práctica controlada que permite comprobar cómo funciona en la realidad el procedimiento diseñado.
Durante el ejercicio pueden verificarse aspectos que difícilmente aparecen al analizar únicamente documentación.
Por ejemplo:
¿Las personas reconocen la alarma?
¿Los responsables conocen su función?
¿Los recorridos permanecen libres?
¿Se producen concentraciones de personas?
¿La comunicación funciona?
¿Hay sectores que tardan demasiado en evacuar?
El simulacro permite detectar estas situaciones y posteriormente corregirlas.
La normativa de la Ciudad contempla la realización periódica de ejercicios de simulacro y requisitos específicos para su programación, documentación y presentación según corresponda.
¿Cuántos simulacros exige la Ley 5920?
El sistema establece, como criterio general para los casos alcanzados, la realización de al menos dos ejercicios de simulacro anuales.
La reglamentación vigente también establece condiciones relacionadas con la presencia del profesional responsable, la comunicación de modificaciones de fechas y la presentación de los informes correspondientes.
Por ese motivo, además de realizar el ejercicio, es importante verificar el procedimiento administrativo vigente para el establecimiento.
¿Cuánto dura un Sistema de Autoprotección?
Con las modificaciones implementadas en 2025, el Sistema de Autoprotección tiene una vigencia de dos años.
Sin embargo, la forma de mantener o renovar esa vigencia depende del tipo de establecimiento y de si cambiaron las condiciones con las que fue aprobado.
Determinadas actividades deben presentar un nuevo Sistema de Autoprotección al vencimiento, mientras que otros establecimientos pueden acceder, cuando cumplen las condiciones previstas, a mecanismos abreviados de reválida.
Por eso no resulta recomendable asumir que todos los establecimientos siguen exactamente el mismo procedimiento.
¿Qué ocurre si cambia la distribución del establecimiento?
Una modificación aparentemente menor puede afectar el funcionamiento del plan.
Cerrar un acceso, agregar una división, trasladar puestos, cambiar la ocupación de un sector o almacenar nuevos materiales puede modificar recorridos, riesgos y tiempos de evacuación.
Por eso el Sistema de Autoprotección debe representar las condiciones reales del edificio y no quedar reducido a documentación histórica.
¿Cuál es la diferencia entre tener un plan y estar preparado?
Un establecimiento puede disponer de documentación y aun así no estar correctamente preparado.
La preparación real existe cuando los riesgos fueron identificados, los recorridos pueden utilizarse, las salidas están disponibles, los roles son conocidos y las personas saben cómo actuar.
Los simulacros son precisamente el mecanismo que permite unir el documento con la práctica.
El objetivo de un Sistema de Autoprotección no es anticipar cada situación posible, sino construir una respuesta organizada que reduzca la improvisación cuando ocurre una emergencia.
Preguntas frecuentes
1. ¿Qué es la Ley 5920?
Es la norma de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que crea y regula el Sistema de Autoprotección para los edificios, establecimientos, predios y eventos alcanzados por su ámbito de aplicación.
2. ¿La Ley 5920 sigue vigente?
Sí. La ley continúa vigente, aunque fue modificada por la Ley 6779/24 y cuenta con disposiciones reglamentarias posteriores que deben tenerse en cuenta al realizar los trámites.
3. ¿Todos los establecimientos tienen las mismas obligaciones?
No. Las exigencias dependen de la clasificación, características, uso, población y complejidad de evacuación de cada establecimiento.
4. ¿Cuántos simulacros deben realizarse?
Para los casos alcanzados por esa exigencia, la normativa contempla al menos dos ejercicios de simulacro anuales, además de los requisitos administrativos correspondientes.
5. ¿Qué significa “Usted está aquí” en un plano de evacuación?
Es una referencia que indica a la persona la ubicación exacta desde la que está observando el plano y le permite identificar rápidamente el recorrido de evacuación.
6. ¿El Sistema de Autoprotección se realiza una sola vez?
No necesariamente. Tiene una vigencia determinada y debe revisarse cuando cambian condiciones relevantes del establecimiento. La modalidad de renovación o reválida depende del caso.