¿Qué es un Programa de Seguridad en obra y cuándo se necesita?

Un Programa de Seguridad en obra es un documento preventivo que identifica las etapas de una obra, los riesgos asociados a cada una y las medidas que deben adoptarse para controlarlos. En Argentina, su aplicación se vincula principalmente con el Decreto 911/96 y las Resoluciones SRT 51/97, 35/98 y 319/99, según las características de la obra y la organización de contratistas y subcontratistas.

La seguridad en una obra no puede organizarse únicamente cuando comienzan las tareas.

Antes del inicio es necesario conocer qué trabajos se realizarán, qué riesgos aparecerán en cada etapa y qué medidas preventivas deberán implementarse.

Excavaciones, trabajos en altura, demolición, instalaciones eléctricas, movimiento de materiales y utilización de máquinas presentan riesgos diferentes.

El Programa de Seguridad permite ordenar esa prevención y documentar cómo serán controlados esos riesgos.

¿Qué es un Programa de Seguridad?

Es un documento técnico elaborado específicamente para las características y etapas de una obra.

Su objetivo es anticipar los riesgos previsibles y establecer las medidas necesarias para trabajar en condiciones seguras.

No debería funcionar como un documento genérico que simplemente enumera riesgos habituales de la construcción.

Una obra cambia permanentemente.

Durante la excavación existen riesgos diferentes a los de estructura, instalaciones o terminaciones. Por eso el programa debe contemplar las distintas etapas constructivas y relacionar cada una con los riesgos y medidas correspondientes.

¿Qué establece la Resolución SRT 51/97?

La Resolución SRT 51/97 establece obligaciones vinculadas con el aviso de obra y los Programas de Seguridad en determinados trabajos de construcción.

Entre los casos contemplados se encuentran obras con excavaciones, demoliciones, determinados trabajos que superan dimensiones establecidas por la norma, tareas sobre o próximas a instalaciones energizadas de media o alta tensión y otros casos en que la ART lo considere necesario por las características del trabajo.

La resolución establece además contenidos mínimos del programa.

Entre ellos se incluyen la identificación de la empresa y la ART, información sobre el personal, descripción de la obra y sus etapas, riesgos generales y específicos y medidas de seguridad previstas para controlarlos.

Esto responde a una lógica sencilla:

cada riesgo identificado debe tener asociada una medida de prevención.

¿Qué diferencia existe entre la Resolución 51/97 y la 35/98?

La Resolución SRT 35/98 aborda especialmente la coordinación cuando intervienen contratistas y subcontratistas.

Cuando existe un contratista principal o un comitente en las condiciones previstas por la norma, debe coordinarse un Programa de Seguridad Único que contemple las tareas realizadas por las diferentes empresas que participan en la obra.

Esto no significa que los subcontratistas queden liberados de sus propias obligaciones.

Sus programas deben adecuarse y mantener coherencia con la planificación general de seguridad de la obra.

La finalidad es evitar que cada empresa gestione sus riesgos de manera aislada cuando todas trabajan simultáneamente dentro del mismo proyecto.

¿Qué establece la Resolución SRT 319/99?

La Resolución 319/99 complementa el esquema de coordinación y también introduce un tratamiento específico para las denominadas obras repetitivas y de corta duración.

La norma considera dentro de esta categoría las obras realizadas por un empleador siguiendo siempre el mismo procedimiento de trabajo y cuyo tiempo de ejecución no supera los siete días corridos.

Para estos casos se prevé un Programa de Seguridad adaptado a esa modalidad.

Debe incluir información como descripción de tareas, procedimientos de trabajo, riesgos potenciales, organización de la seguridad y mecanismos de comunicación, entre otros requisitos.

La misma resolución también establece obligaciones de coordinación de higiene y seguridad cuando existen varios contratistas o subcontratistas.

¿Quién confecciona el Programa de Seguridad?

La Resolución 51/97 establece la intervención del Servicio de Higiene y Seguridad del empleador.

Además de su elaboración, el programa debe cumplir con las firmas y procedimientos de aprobación establecidos en la normativa y en el circuito correspondiente con la ART.

Por eso es importante no confundir la confección del documento con su presentación y aprobación.

Son etapas relacionadas, pero no idénticas.

¿Qué debe contener un Programa de Seguridad?

El contenido debe representar la obra real.

Debe describir qué se va a construir o ejecutar, cómo se dividirán las etapas y qué riesgos pueden aparecer durante cada una.

Por ejemplo, una etapa de excavación puede requerir analizar estabilidad del terreno, accesos, circulación, riesgo de derrumbe y presencia de instalaciones existentes.

Durante trabajos en altura pueden aparecer riesgos de caída de personas y objetos.

En instalaciones eléctricas deben contemplarse los riesgos vinculados con contactos eléctricos y condiciones de energización.

El programa debe transformar esos riesgos en medidas concretas de prevención.

¿Por qué el Programa de Seguridad debe contemplar las etapas de obra?

Porque el riesgo cambia a medida que avanza la construcción.

Un edificio en etapa de estructura no presenta las mismas condiciones que durante instalaciones o terminaciones.

También cambian los accesos, superficies de circulación, protecciones colectivas, instalaciones provisorias y cantidad de contratistas presentes.

Una medida adecuada para una etapa puede resultar insuficiente para la siguiente.

Por eso el programa debe acompañar la secuencia constructiva.

¿El Programa de Seguridad reemplaza el control diario de la obra?

No.

El programa establece lo que debe hacerse, pero las condiciones reales deben verificarse durante la ejecución.

Una protección puede haber sido correctamente prevista y luego ser retirada. Un acceso puede quedar bloqueado. Puede ingresar una nueva empresa, modificarse una tarea o aparecer un riesgo no contemplado inicialmente.

Por eso la seguridad en obra requiere seguimiento.

Las recorridas, controles, capacitaciones y registros permiten verificar que lo previsto realmente se esté aplicando.

¿Qué relación existe entre el Programa de Seguridad y la ART?

La ART participa dentro del esquema establecido por las Resoluciones de la SRT.

La normativa prevé la presentación y el control de los Programas de Seguridad según corresponda y establece obligaciones para las aseguradoras respecto de su revisión y seguimiento.

Por este motivo, una documentación incompleta, inconsistente con la obra o presentada fuera del procedimiento aplicable puede generar observaciones y demoras.

La forma más efectiva de evitar esos problemas es elaborar el programa a partir de las condiciones reales y organizar la documentación antes del comienzo de los trabajos.

¿Qué riesgos deberían identificarse por etapa?

No existe una lista única válida para todas las obras.

Algunos riesgos frecuentes pueden relacionarse con trabajos en altura, excavaciones, demolición, electricidad, máquinas y herramientas, circulación de vehículos, izaje de cargas, caída de objetos, materiales peligrosos, incendio y orden y limpieza.

Pero el análisis debe realizarse sobre la tarea concreta.

El hecho de que un riesgo sea habitual en construcción no significa que exista en todas las obras, y un riesgo poco frecuente no debería omitirse cuando las características del proyecto efectivamente lo generan.

La prevención funciona mejor cuando comienza antes de la ejecución y continúa durante toda la obra.

Preguntas frecuentes

1. ¿Cuándo se necesita un Programa de Seguridad según la Resolución 51/97?

La resolución contempla determinados tipos de obra y tareas, incluyendo excavaciones, demoliciones, obras que superan ciertos parámetros dimensionales, trabajos próximos a media o alta tensión y otros casos definidos por la ART.

2. ¿Qué es el Programa de Seguridad Único de la Resolución 35/98?

Es el programa coordinado para la obra cuando intervienen contratistas y subcontratistas en las condiciones previstas por la normativa, con el objetivo de integrar los riesgos y medidas preventivas de las distintas empresas.

3. ¿Qué es una obra repetitiva y de corta duración según la Resolución 319/99?

Es aquella que un empleador realiza siguiendo siempre el mismo procedimiento de trabajo y cuya ejecución no supera los siete días corridos.

4. ¿El mismo Programa de Seguridad sirve para cualquier obra?

No. El programa debe representar las características, etapas y riesgos reales de la obra correspondiente, salvo los regímenes específicos previstos para modalidades como trabajos repetitivos y de corta duración.

5. ¿Qué información debe incluir el programa?

Debe contemplar, entre otros aspectos, identificación de la obra y empresas intervinientes, etapas constructivas, personal, riesgos generales y específicos y medidas preventivas previstas.

6. ¿Tener el Programa de Seguridad aprobado garantiza que la obra sea segura?

No. El programa es una herramienta de planificación. La prevención requiere además implementar las medidas, controlar las condiciones durante la ejecución y corregir los desvíos que aparezcan.

Estudio de carga de fuego: qué es, cómo se calcula y por qué es importante

Un estudio de carga de fuego determina la cantidad de energía térmica potencial asociada a los materiales combustibles existentes dentro de un sector de incendio. El resultado se expresa habitualmente como kilogramos de madera equivalente por metro cuadrado y se utiliza para evaluar el riesgo y definir distintas condiciones de protección contra incendios.

Cuando se analiza el riesgo de incendio de un establecimiento, no alcanza con contar cuántos matafuegos existen.

Dos locales de igual superficie pueden presentar riesgos completamente diferentes si uno contiene principalmente materiales incombustibles y el otro almacena papel, cartón, madera, plásticos, textiles o líquidos combustibles.

El estudio de carga de fuego permite cuantificar esa diferencia.

Se trata de una herramienta técnica utilizada para analizar el potencial térmico de los materiales combustibles presentes dentro de un determinado sector de incendio.

¿Qué es la carga de fuego?

El Anexo VII del Decreto 351/79 define la carga de fuego como el peso en madera por unidad de superficie capaz de desarrollar una cantidad de calor equivalente a la de los materiales contenidos en el sector de incendio.

En términos más simples, distintos materiales tienen diferentes capacidades de liberar energía al quemarse.

El cálculo transforma esa variedad de materiales en una unidad de referencia común, basada en una cantidad equivalente de madera.

El resultado suele expresarse en kg de madera equivalente por m².

Esto permite comparar sectores y utilizar el valor obtenido en diferentes evaluaciones de protección contra incendios.

¿Qué es un sector de incendio?

Este concepto es fundamental porque la carga de fuego no debería analizarse simplemente tomando todo el edificio como un único espacio sin estudiar previamente su sectorización.

Un sector de incendio es un local o conjunto de locales delimitado de manera que exista una determinada resistencia al fuego entre ese sector y otros espacios.

La correcta definición de los sectores permite analizar por separado áreas que pueden tener características muy distintas.

Por ejemplo, una oficina administrativa, un depósito y un área productiva pueden contener materiales y presentar riesgos diferentes.

En estos casos, evaluar la carga de fuego por sector brinda información mucho más representativa.

¿Qué materiales se consideran en un cálculo de carga de fuego?

El relevamiento debe identificar los materiales combustibles presentes en el sector analizado.

No solamente deben considerarse los productos almacenados.

Según las características del lugar, pueden intervenir:

madera, papel, cartón, plásticos, textiles, embalajes, productos terminados, materias primas, mobiliario, revestimientos y otros elementos combustibles.

También deben considerarse, conforme al método y la normativa aplicable, determinados combustibles líquidos o gaseosos presentes en el sector.

La precisión del inventario es importante.

Si se omite una cantidad significativa de material combustible, el resultado dejará de representar correctamente las condiciones existentes.

¿Cómo se calcula la carga de fuego?

El procedimiento parte de identificar cada material combustible, establecer su cantidad y considerar el poder calorífico correspondiente.

Luego se determina la energía potencial total y se la convierte al equivalente del material patrón establecido por la normativa.

Finalmente, ese valor se relaciona con la superficie del sector de incendio.

De manera conceptual:

Carga de fuego = energía equivalente de los materiales combustibles / superficie del sector

El cálculo real requiere información técnica sobre los materiales, sus cantidades y sus poderes caloríficos.

Por esa razón, no es correcto estimar la carga de fuego únicamente observando visualmente si un depósito parece tener “mucho” o “poco” material.

¿Para qué sirve conocer la carga de fuego?

El valor obtenido se utiliza dentro del análisis de protección contra incendios.

Entre otras variables, la normativa relaciona la carga de fuego con condiciones como la resistencia al fuego requerida para determinados elementos constructivos y el potencial extintor necesario.

También permite comprender la magnitud potencial del incendio dentro del sector y evaluar si las medidas de protección existentes son coherentes con el riesgo.

Esto significa que el estudio no es simplemente un cálculo destinado a producir un número.

Su utilidad está en interpretar qué implica ese número para el establecimiento.

Carga de fuego y matafuegos: ¿son lo mismo?

No.

La carga de fuego describe el potencial térmico de los materiales combustibles existentes.

Los matafuegos son uno de los medios de protección utilizados para combatir determinados principios de incendio.

Sin embargo, ambos conceptos se relacionan porque el nivel de riesgo y la carga de fuego intervienen en la determinación del potencial extintor exigible según el régimen aplicable.

Además, un estudio integral de protección contra incendios debe considerar otros aspectos.

Entre ellos pueden encontrarse la superficie, el tipo de actividad, las características constructivas, la sectorización, los medios de escape y los sistemas de protección instalados.

¿Qué pasa si aumenta el material almacenado?

La carga de fuego representa una situación determinada del establecimiento.

Si las condiciones cambian significativamente, el resultado anterior puede dejar de ser representativo.

Un depósito que inicialmente almacena una determinada cantidad de mercadería puede duplicar su stock. También pueden cambiar los tipos de materiales, los envases o la distribución de los sectores.

Todas esas modificaciones pueden alterar el riesgo.

Por este motivo es importante revisar el estudio cuando existen cambios sustanciales en las condiciones utilizadas para realizar el cálculo.

Errores frecuentes al analizar la carga de fuego

Uno de los errores habituales es considerar únicamente la mercadería principal y no contemplar embalajes, pallets, mobiliario u otros materiales combustibles presentes.

Otro problema aparece cuando no se diferencia correctamente cada sector de incendio.

También puede ocurrir que se utilicen cantidades teóricas de mercadería que no representan los máximos habituales de almacenamiento.

El estudio debe reflejar condiciones razonablemente representativas de funcionamiento y no una situación excepcionalmente vacía del establecimiento.

¿Un estudio de carga de fuego evita un incendio?

No.

La carga de fuego es una herramienta de evaluación.

No reemplaza el mantenimiento de instalaciones, la prevención de fuentes de ignición, el orden y limpieza, la capacitación, los medios de escape ni los sistemas de detección y extinción que correspondan.

Su función es aportar información técnica para que las decisiones de prevención y protección se basen en las condiciones reales del establecimiento.

Una estrategia adecuada de protección contra incendios combina prevención, protección y preparación para emergencias.

Preguntas frecuentes

1. ¿Qué significa carga de fuego?

Es una medida que representa la cantidad de energía que podrían liberar los materiales combustibles existentes dentro de un sector de incendio, expresada mediante un equivalente en madera por unidad de superficie.

2. ¿En qué unidad se expresa la carga de fuego?

Habitualmente se expresa en kilogramos de madera equivalente por metro cuadrado, es decir, kg/m².

3. ¿Qué materiales se incluyen en un estudio de carga de fuego?

Deben considerarse los materiales combustibles relevantes presentes en el sector, incluyendo mercadería, materias primas, embalajes, mobiliario y otros componentes cuando corresponda.

4. ¿Para qué se utiliza el resultado?

Se utiliza para evaluar condiciones de protección contra incendios y puede intervenir en la determinación de resistencia al fuego, potencial extintor y otras medidas aplicables.

5. ¿La carga de fuego se calcula para todo el edificio?

El análisis se realiza por sectores de incendio correctamente definidos, ya que diferentes sectores pueden presentar cargas y riesgos distintos.

6. ¿Debe actualizarse el estudio si cambia el depósito?

Si cambian significativamente la cantidad o tipo de materiales, la distribución o las características del sector, resulta necesario evaluar si el estudio anterior continúa siendo representativo.

¿Qué es el Sistema de Autoprotección de la Ley 5920 y qué debe incluir?

El Sistema de Autoprotección de la Ley 5920 es un conjunto organizado de medidas destinadas a prevenir riesgos y establecer cómo actuar ante una emergencia en edificios, establecimientos, predios y determinados eventos de la Ciudad de Buenos Aires. Debe adaptarse a las características reales del lugar, contemplar sus riesgos, medios de protección, personas, roles, procedimientos de evacuación y simulacros.

Frente a una emergencia, saber dónde se encuentra una salida no siempre es suficiente.

Una evacuación puede involucrar cientos de personas, distintos pisos, visitantes que desconocen el edificio, personas con movilidad reducida, humo, interrupciones eléctricas y decisiones que deben tomarse en pocos segundos.

Por eso, un plan de emergencia efectivo debe establecer previamente quién actúa, qué recorrido debe utilizarse, cómo se comunica la situación y qué medidas deben adoptarse.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, este esquema se encuentra regulado por la Ley 5920 de Sistemas de Autoprotección, modificada posteriormente por la Ley 6779/24 y complementada por la reglamentación vigente.

¿Qué es exactamente un Sistema de Autoprotección?

Es una planificación destinada a preparar a una organización y a sus ocupantes para responder frente a situaciones de emergencia.

No se limita a un plano de evacuación.

El sistema analiza las características del establecimiento, la actividad desarrollada, las personas que lo ocupan, los riesgos existentes, los recursos disponibles y los procedimientos que deberían seguirse ante una emergencia.

Su finalidad es reducir la improvisación.

Cuando se produce un incendio, una amenaza o cualquier situación que requiera evacuar o adoptar medidas de protección, las decisiones principales deberían haber sido definidas previamente.

¿A quién alcanza la Ley 5920 en CABA?

La Ley 5920 establece la aplicación del Sistema de Autoprotección para distintos edificios, establecimientos y predios públicos y privados de la Ciudad de Buenos Aires, incluyendo oficinas, establecimientos educativos, hospitales y lugares con afluencia de público, entre otros.

También contempla eventos con concurrencia masiva.

La normativa diferencia establecimientos según su complejidad de evacuación y características. Por este motivo, las exigencias concretas no son idénticas para todos los casos.

La clasificación y el procedimiento correspondiente deben analizarse según el uso, superficie, características del inmueble, actividad y población involucrada.

¿Qué información debe incluir un Sistema de Autoprotección?

Aunque los requisitos específicos dependen de la categoría del establecimiento, el concepto parte de una pregunta sencilla:

¿Qué podría ocurrir aquí y cómo responderíamos?

Para responderla es necesario estudiar varios elementos.

En primer lugar se releva el establecimiento: accesos, salidas, escaleras, distribución interna, medios de protección, actividades y condiciones del entorno.

Luego se identifican los riesgos y se define cómo actuar ante los escenarios considerados.

También se determina qué personas tendrán funciones específicas durante una emergencia.

¿Qué roles existen durante una evacuación?

Los roles permiten distribuir responsabilidades previamente.

Uno de los roles centrales es el coordinador de autoprotección, encargado de organizar determinadas acciones previstas en el sistema.

Dependiendo de las características y riesgos del establecimiento también pueden existir otros roles, como líderes de evacuación por sector, suplentes, equipos de primera intervención, brigadas o responsables de comunicaciones y alarmas.

La cantidad y tipo de roles debe guardar relación con la realidad del establecimiento.

Un edificio pequeño de una sola planta no presenta la misma complejidad que una institución con varias plantas, gran cantidad de ocupantes o personas que necesitan asistencia.

¿Para qué sirven los planos de evacuación y los carteles “Usted está aquí”?

Un plano de evacuación permite representar gráficamente la información necesaria para orientarse durante una emergencia.

Los planos deben ser coherentes con la distribución real del establecimiento.

El indicador “Usted está aquí” tiene una función especialmente importante: permite que una persona identifique rápidamente su ubicación actual y comprenda hacia dónde debe dirigirse.

Un plano técnicamente correcto pero ubicado en un lugar equivocado puede generar confusión.

Por eso, la información gráfica debe revisarse cada vez que se modifican circulaciones, divisiones internas, salidas o características relevantes del edificio.

¿Qué es un simulacro de evacuación?

Un simulacro es una práctica controlada que permite comprobar cómo funciona en la realidad el procedimiento diseñado.

Durante el ejercicio pueden verificarse aspectos que difícilmente aparecen al analizar únicamente documentación.

Por ejemplo:

¿Las personas reconocen la alarma?

¿Los responsables conocen su función?

¿Los recorridos permanecen libres?

¿Se producen concentraciones de personas?

¿La comunicación funciona?

¿Hay sectores que tardan demasiado en evacuar?

El simulacro permite detectar estas situaciones y posteriormente corregirlas.

La normativa de la Ciudad contempla la realización periódica de ejercicios de simulacro y requisitos específicos para su programación, documentación y presentación según corresponda.

¿Cuántos simulacros exige la Ley 5920?

El sistema establece, como criterio general para los casos alcanzados, la realización de al menos dos ejercicios de simulacro anuales.

La reglamentación vigente también establece condiciones relacionadas con la presencia del profesional responsable, la comunicación de modificaciones de fechas y la presentación de los informes correspondientes.

Por ese motivo, además de realizar el ejercicio, es importante verificar el procedimiento administrativo vigente para el establecimiento.

¿Cuánto dura un Sistema de Autoprotección?

Con las modificaciones implementadas en 2025, el Sistema de Autoprotección tiene una vigencia de dos años.

Sin embargo, la forma de mantener o renovar esa vigencia depende del tipo de establecimiento y de si cambiaron las condiciones con las que fue aprobado.

Determinadas actividades deben presentar un nuevo Sistema de Autoprotección al vencimiento, mientras que otros establecimientos pueden acceder, cuando cumplen las condiciones previstas, a mecanismos abreviados de reválida.

Por eso no resulta recomendable asumir que todos los establecimientos siguen exactamente el mismo procedimiento.

¿Qué ocurre si cambia la distribución del establecimiento?

Una modificación aparentemente menor puede afectar el funcionamiento del plan.

Cerrar un acceso, agregar una división, trasladar puestos, cambiar la ocupación de un sector o almacenar nuevos materiales puede modificar recorridos, riesgos y tiempos de evacuación.

Por eso el Sistema de Autoprotección debe representar las condiciones reales del edificio y no quedar reducido a documentación histórica.

¿Cuál es la diferencia entre tener un plan y estar preparado?

Un establecimiento puede disponer de documentación y aun así no estar correctamente preparado.

La preparación real existe cuando los riesgos fueron identificados, los recorridos pueden utilizarse, las salidas están disponibles, los roles son conocidos y las personas saben cómo actuar.

Los simulacros son precisamente el mecanismo que permite unir el documento con la práctica.

El objetivo de un Sistema de Autoprotección no es anticipar cada situación posible, sino construir una respuesta organizada que reduzca la improvisación cuando ocurre una emergencia.

Preguntas frecuentes

1. ¿Qué es la Ley 5920?

Es la norma de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que crea y regula el Sistema de Autoprotección para los edificios, establecimientos, predios y eventos alcanzados por su ámbito de aplicación.

2. ¿La Ley 5920 sigue vigente?

Sí. La ley continúa vigente, aunque fue modificada por la Ley 6779/24 y cuenta con disposiciones reglamentarias posteriores que deben tenerse en cuenta al realizar los trámites.

3. ¿Todos los establecimientos tienen las mismas obligaciones?

No. Las exigencias dependen de la clasificación, características, uso, población y complejidad de evacuación de cada establecimiento.

4. ¿Cuántos simulacros deben realizarse?

Para los casos alcanzados por esa exigencia, la normativa contempla al menos dos ejercicios de simulacro anuales, además de los requisitos administrativos correspondientes.

5. ¿Qué significa “Usted está aquí” en un plano de evacuación?

Es una referencia que indica a la persona la ubicación exacta desde la que está observando el plano y le permite identificar rápidamente el recorrido de evacuación.

6. ¿El Sistema de Autoprotección se realiza una sola vez?

No necesariamente. Tiene una vigencia determinada y debe revisarse cuando cambian condiciones relevantes del establecimiento. La modalidad de renovación o reválida depende del caso.